miércoles, 1 de septiembre de 2010

OPERACIONES MENTALES BÁSICAS

El segundo tema visto es el de las operaciones mentales básicas, como su nombre lo dice ponen a operar o trabajar a la maquinaria denominada cerebro. Tales operaciones se dividen en: concepto, juicio y razonamiento.



A través de aquéllas operaciones se construye el conocimiento.


En primer lugar, está el concepto el cual es una operación elemental y describe los rasgos características de un objeto. Se distingue porque no requiere una existencia tangible y responde a ¿qué es?.


El juicio consiste en un enunciado afirmativo o negativo respecto al objeto. Se expresa en forma oral o escrita.


Finalmente, está el razonamiento, mismo que se expresa a través de un silogismo y está integrado por una premisa mayor, una premisa menor y un tercer enunciado denominado conclusión. En sí, la premisa es un enunciado o juicio. Una vez concatenadas las premisas se obtiene un silogismo lógico, o bien, conclusión.


Los límites del concepto son la comprensión y la extensión. La primera responde a ¿qué comprende el objeto?, es decir, cuáles son sus rasgos suficientes para su definición. La extensión por su parte, determina el conjunto de objetos que caben en la definición.


A través del método aristotélico, se utilizan dos elementos para construir un concepto, a saber, el género próximo y la diferencia específica. Esto se podría identificar bajo lo siguiente: el género sería la menor comprensión y mayor extensión, en cambio, la diferencia específica, implica una mayor comprensión y menor extensión.


Para alcanzar el conocimiento sobre este tema, es recomendable ejercitar algunos ejemplos de construcciòn de conceptos, elaborar enunciados y por último, concluir con la formulación de silogismos.

Ejemplo: derecho
CONCEPTO
Género próximo: ciencia que
diferencia específica: tiene por objeto el estudio de las normas jurídicas.

JUICIO

El derecho es un medio de control social.

SILOGISMO

Premisa mayor: El derecho tiene por objeto el estudio de las normas jurídicas.
Premisa menor: La coercibilidad es una característica de las normas jurídicas.
Conclusión: El derecho es coercible.

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