lunes, 27 de septiembre de 2010

Método Científico

El método científico, proviene del griego methodos (camino o vía), entendido como el conjunto de pasos ordenados y sistemáticos para llegar a un fin; se aplica en las ciencias naturales y sociales.
Dentro de las segundas se encuentra el Derecho, que es nuestro objeto de estudio, cuyas aproximaciones serían: instrumento de poder, un orden coactivo, un lenguaje, instrumento de control social, conjunto de normas jurídicas, un discurso. Igualmente, una serie de pasos puede ser identificada con un instructivo, manual, lineamientos, o bien, una receta. Entonces, un método responde al ¿CÓMO? y el objetivo al ¿QUÉ? en la construcción del conocimiento científico del derecho, desde el punto de vista del proceso de investigación jurídica.

Para una mejor comprensión del método científico, se aplica el procedimiento jurisdiccional al protocolo de investigación en la ciencia del derecho, como perspectiva bajo la cual se quiere ver. Sobre el particular, las etapas que lo integran son: 
1. Observación. Se reconocen los hechos o fenómenos de la realidad donde recae la intuición, experiencia, interés, problema.
2. Planteamiento del problema. El punto de partida es la pregunta formulada, bajo el esquema de responder Sí o No. De dicha pregunta de investigación se desprendería el título y tema, para ello es necesario delimitarla y justificar la relevancia (importancia) y pertinencia (oportunidad) académica y social, tomando como referencia el “estado de arte” o “frontera de conocimiento”.
3. Formulación de hipótesis. Dar respuestas o
 explicación tentativas a la pregunta de investigación. Se tienen dos hipótesis: nula y la que se acepta.
4. Comprobación de la hipótesis. Consiste en probar que los medios de prueba son conducentes e idóneos. Serían inconducentes los antecedentes históricos o el derecho comparado.
5. Recopilación de información. Podría decirse que es la fase más importante, toda vez que sería el desahogo de lo que se quiere probar.
6. Desarrollo de la investigación. Se enfoca a analizar los medios de prueba. Es la materialización de lo anterior.
7. Conclusiones. Es la etapa final del proceso, mediante la cual se formulan una secuencia de razonamientos y culmina el proceso descrito.

Lo anterior no es un modelo a seguir, sus pasos dependerán del autor, de la experiencia del investigador o bien, de las circunstancias o necesidades imperantes.
La investigación jurídica representa un costo traducido en tiempo, dinero y esfuerzo, aún cuando el resultado final pueda ser contrario a lo deseado. Es un trabajo de exploración profesional, explicativa, sistemática y sobre todo crítico.
El conocimiento científico de interés, sería sujeto de desarrollo continuo, toda vez que es dinámico, como lo que se aborda en la Sociología Jurídica.

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